Panamá | Nuevo plazo para los proveedores del estado en el uso del sistema de facturación electrónica

La Prensa

Recordemos que el parágrafo 5 del artículo 12 de la Ley 76 de 22/12/1976 y sus reformas, establece desde el 30 de julio de 2022, la obligación para todas las entidades públicas de recibir únicamente como documento válido para gestionar compras de bienes y servicios por parte del Estado, la factura electrónica emitida a través del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP) y de acuerdo también al artículo 11 de la misma norma citada.

Por medio de la resolución Nº 201-8793 de 1 de diciembre de 2022 (publicada en la Gaceta Oficial 29679-A de 9 de diciembre de 2022), expedida por la Dirección General de Ingresos (DGI), se prorroga hasta el 31 de marzo de 2023 la entrada en vigencia de la obligación para todas aquellas empresas proveedoras de bienes y servicios que contraten con los centros educativos del Ministerio de Educación, de recibir únicamente como documento válido para gestionar las compras de bienes y servicios por parte del Estado la factura electrónica emitida a través del SFEP.

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