México | Ley Chayote, ¿se reformará?

Reforma Clara Luz Álvarez

Históricamente la publicidad oficial ha servido como instrumento de premios y castigos, de ahí la frase del sexenio del presidente José López Portillo de “no pago para que me peguen” que reflejó ese esquema. Tras un amparo otorgado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la organización Artículo 19, en el ocaso del sexenio del presidente Enrique Peña Nieto, el Congreso de la Unión con el dominio priísta, expidió la Ley General de Comunicación Social mejor conocida como Ley Chayote que es un ejemplo perfecto de lo que nunca debiera pasar cuando se quiere construir una democracia.

Ley Chayote. Esta da total discrecionalidad a la Secretaría de Gobernación hoy encabezada por Adán Augusto Morales, jamás define cómo se cumplirá con la equidad para distribuir la publicidad oficial, carece de un régimen de rendición de cuentas, tampoco hay sanciones, ni mecanismos de denuncia ciudadana. ¡Un horror! Así que Artículo 19 presentó una nueva demanda de amparo contra la Ley Chayote que ganó hace unos días y por la cual antes del 15 de diciembre de 2021 la Cámara de Diputados y el Senado deberán expedir una nueva ley que cumpla con ciertos estándares.

Nueva ley. La nueva ley debe: ser clara y precisa, con criterios transparentes para distribuir el gasto de publicidad oficial entre los medios (sin privilegios ni castigos); utilizar mecanismos de contratación transparentes, abiertos y no discriminatorios; contar con un mecanismo para una debida rendición de cuentas; prever auditorías por un organismo independiente; fomentar el pluralismo informativo; prohibir la publicación de “logros” de gobierno y limitarse a la información que sea relevante para que las personas conozcan sus derechos y cumplan con sus obligaciones, debiendo dicha información ser comprensible para la sociedad (ver mi libro https://bit.ly/3ii8NfH).

Publicidad. Es importante que la publicidad oficial no discrimine y presente a la sociedad mexicana en toda su diversidad, lo que al día de hoy se incumple. En una investigación que realicé en 2020 y 2021, en televisión abierta la publicidad gubernamental y de partidos políticos únicamente presentó a personas indígenas en el 1.6% de los anuncios y únicamente en el 0.65% les dieron el carácter de protagonistas, mientras que sólo en el 0.01% de dicho tipo de publicidad apareció una persona con discapacidad y la incluyeron de fondo, sin un rol específico.

¿Y si incumple? Aunque falta ver el detalle de la sentencia a cargo del ministro González Alcántara, el nuevo amparo obligaría a que el Congreso expida una ley que cumpla con los estándares de libertad de expresión. La ministra y hoy senadora Olga Sánchez Cordero fue impulsora activa de estos temas, ejemplo de ello es su sentencia emblemática y un hito en la publicidad oficial del amparo de una radio comunitaria en contra de la Secretaría de Salud (A.R. 531/2011). Pero si resulta que el Congreso expide la “Ley Chayote 2.0”, Artículo 19 podría -según lo que llegue a ser el texto de la nueva ley- denunciar el cumplimiento defectuoso del amparo o la repetición del acto reclamado cuya sanción es la separación del cargo de las autoridades responsables, es decir, de diputados y senadores, además de que se daría vista al ministerio público (art. 107 fracción XVI de la Constitución). ¿En qué quedará esta historia?

Índice de Desarrollo Digital Estatal. Éste será presentado mañana a las 10:00 hrs. por el Centro México Digital (www.centromexico.digital), un centro de estudios independiente para promover la digitalización de México que preside Salma Jalife. Este índice ofrecerá un comparativo del avance de los estados en su proceso de digitalización y el reporte incluirá recomendaciones para acelerar la transformación digital en los estados, aspecto de la mayor relevancia.

Investigadora de la Universidad Panamericana

claraluzalvarez@gmail.com

@claraluzalvarez

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