México | Ahora proponen que gigantes digitales sean catalogados preponderantes

Empresas digitales como Facebook, Google, Netflix o Amazon podrían ser nombradas como “Agente Económico Preponderante” en el sector digital, de acuerdo con una propuesta del diputado Javier Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena.

El legislador publicó en la Gaceta Parlamentaria el proyecto de Ley Federal de Protección al Usuario Digital, que contempla también una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en la que prevén añadir a las empresas digitales como preponderantes.

Propone la modificación específicamente del Artículo 262 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para incluir al “sector digital”.

“El Instituto (Instituto Federal de Telecomunicaciones) deberá determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores digital, de radiodifusión y de telecomunicaciones, e impondrá las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia y, con ello, a los usuarios finales, e incluirán en lo aplicable, las relacionadas con información, oferta y calidad de servicios, acuerdos en exclusiva, limitaciones al uso de equipos terminales entre redes, regulación asimétrica en tarifas e infraestructuras de red, incluyendo la desagregación de sus elementos esenciales y, en su caso, la separación contable, funcional o estructural de dichos agentes”.

Cabe señalar que dicho artículo considera como agente económico preponderante a aquellos que tengan una participación nacional mayor al 50 por ciento, en número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas, de acuerdo con los datos con que disponga el IFT.

La propuesta define a los servicios digitales como “Persona moral de carácter privado que proporciona, mediante aplicaciones o contenidos en formato digital a través de Internet u otra red, bienes o servicios, incluidos de intermediación, en términos de la Ley Federal de Protección al Usuario Digital”.

El documento no hace una diferenciación entre empresas digitales dedicadas a comercio electrónico, video por streaming, redes sociales o cualquier otro tipo.

Lo anterior significa que empresas como Facebook, Google o Netflix serían declaradas preponderantes por tener una participación mayor al 50 por ciento en el país.

 La nueva Ley Federal de Protección al Usuario Digital contempla, entre otras actividades, la “moderación” de contenidos que lo define como “actividades realizadas por los servicios digitales destinadas a detectar, identificar y abordar el contenido ilegal o la información incompatible con sus términos y condiciones, proporcionada por los usuarios digitales, incluidas las medidas adoptadas que afecten a la disponibilidad, visibilidad y accesibilidad de ese contenido ilegal o esa información, como degradación, inhabilitación del acceso o eliminación del mismo, o la capacidad de los destinatarios de proporcionar esa información, como la cancelación o suspensión de la cuenta de un usuario digital”.

Derechos de usuarios

Entre los derechos de los usuarios que contempla la propuesta están los siguientes:

  • Acceder a información adecuada y clara sobre los diferentes servicios digitales, así como sobre la contraprestación y riesgos que representen.
  • Efectiva prevención y reparación de daños patrimoniales y morales, individuales o colectivos; el otorgamiento de información y de facilidades a los usuarios digitales para la defensa de sus derechos.
  • Respeto a la intimidad y esfera privada de los usuarios digitales.
  • Acceso a los órganos administrativos con vistas a la prevención de daños patrimoniales y morales, individuales o colectivos, garantizando la protección jurídica, económica, administrativa y técnica a los usuarios digitales.
  • Protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como contra prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en la provisión de servicios digitales.
  • Real y efectiva protección al usuario digital y sus datos en las acciones efectuadas a través del uso de cualquier servicio digital.

El proyecto de Ley señala que, además, los usuarios digitales gozarán de los derechos previstos en la Ley Federal de Protección al Consumidor, en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como en las demás disposiciones aplicables en materia de protección a los datos personales.

El Senador Ricardo Monreal publicó el 8 de febrero una propuesta para regular los servicios de las redes sociales.

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