Lo que propone el sector telco brasileño sobre la próxima guillotina regulatoria de Anatel
La consulta pública Nº 44 de la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) de Brasil recabó aportes del sector para su tercera guillotina regulatoria, que tiene 12 normas bajo análisis para posible eliminación. Operadoras grandes y pequeñas expusieron sus objeciones a reglas que podrían ser derogadas o mantenidas. A continuación:
Claro solicitó la derogación del artículo 42, párrafo 5º, de la Resolución Nº 693/2018, disposición que obliga a las prestadoras a remitir a la Anatel copias de todos los contratos de interconexión firmados con otras operadoras, así como de sus modificaciones, para su disponibilidad en la Biblioteca de la Agencia.
La empresa argumentó que esos contratos hoy siguen modelos previamente aprobados (como las Ofertas Públicas de Interconexión) y sólo producen efectos tras la homologación regulatoria, lo que vuelve redundante mantener una obligación adicional únicamente con fines de archivo público. Para Claro, la exigencia preserva “el historial de contratos estandarizados”, sin impacto práctico sobre la fiscalización o la competencia.
Telefónica Brasil, propietaria de Vivo, concentró sus aportes en el Reglamento de Calidad de los Servicios de Telecomunicaciones (RQUAL), aprobado por la Resolución Nº 717/2019. La operadora propuso la derogación de disposiciones que permiten la medición de indicadores de calidad con una granularidad inferior al nivel municipal, incluso dentro de grandes ciudades.
Según la empresa, la experiencia acumulada desde la entrada en vigor del RQUAL demostró que es técnicamente inviable medir todos los indicadores de banda ancha fija y móvil con ese nivel de detalle, especialmente por factores fuera del control de la prestadora, como la calidad del Wi-Fi, las características del equipo del usuario y el uso simultáneo de la red. Mantener la regla, a juicio de Telefónica, impone costos adicionales de muestreo sin garantizar mediciones representativas.
Otras obligaciones que quedaron bajo la lupa de las operadoras se concentran en la Resolución Nº 777/2025, especialmente en los dispositivos relativos a la divulgación de guías telefónicas y a servicios asociados al servicio fijo. Las contribuciones piden la derogación de artículos que aún exigen la organización, actualización y disponibilidad de listas de abonados, pese a la adhesión residual de los usuarios.
En algunas bases, menos del 0.1 % de los clientes autoriza la divulgación de datos. Las empresas sostienen que la obligación, además de no reflejar el comportamiento actual del consumidor, incrementa los riesgos de exposición de datos personales y genera potenciales conflictos con la LGPD, sin aportar un beneficio concreto al usuario.
También se cuestionaron dispositivos de la misma resolución que mantienen obligaciones vinculadas a servicios de información de código de acceso y a la interceptación automática de llamadas, creados para un contexto en el que la comunicación de voz se realizaba mayoritariamente por telefonía fija. Las prestadoras afirman que, con la predominancia de aplicaciones, la portabilidad numérica y los planes ilimitados, estas reglas exigen la integración de bases y el intercambio de datos sensibles sin utilidad práctica, además de aumentar los riesgos de uso indebido de la información.
El Código de Selección de Prestadora (CSP), previsto en la Resolución Nº 749/2022, también aparece como objetivo directo de la guillotina. Creado para un modelo de competencia por llamada, basado en la marcación manual de códigos 0XX, el mecanismo obliga a las operadoras a mantener sistemas heredados para el enrutamiento y la tarificación.
Las contribuciones señalan que el CSP se volvió “manifiestamente obsoleto” frente a la contratación integrada de servicios, la predominancia de planes ilimitados y el uso masivo de aplicaciones OTT, sin impacto real sobre precios, calidad o competencia.
Otra línea de cuestionamiento involucra dispositivos de la Resolución Nº 765/2023 que mantienen la obligatoriedad del envío de documentos impresos, como historiales detallados de llamadas e informes periódicos.
Las operadoras argumentan que esta información ya está plenamente disponible en aplicaciones y áreas digitales, mientras que el envío físico eleva los costos operativos, incrementa los riesgos de extravío y filtración de datos y genera impactos ambientales. Según las empresas, eliminar la obligación no suprime el derecho de acceso del consumidor, sino que retira una exigencia automática desconectada del uso real del servicio.
En una posición distinta a la de las grandes operadoras, Abrint se opuso a la propuesta de derogación integral de la Resolución Nº 747/2021, que regula el uso secundario de frecuencias ociosas de TV (TV White Spaces).
La asociación argumentó que la destinación primaria de esas bandas para la TV 3.0 no impide el uso secundario ya previsto, ya que la norma exige la protección integral de la radiodifusión y la interrupción inmediata de la operación en caso de activación del servicio primario. Para la entidad, extinguir la regla sería “una medida desproporcionada e innecesaria”.
“Diversos países adoptan con éxito el uso de canales de TV ociosos para banda ancha (Estados Unidos, Reino Unido, Canadá, Kenia, Sudáfrica, Filipinas). Aunque Brasil aún no cuenta con redes comerciales en operación sobre TVWS, existen iniciativas de mercado, desarrollos técnicos y proyectos académicos en curso que señalan un escenario prometedor para una aplicación futura, especialmente en áreas rurales o remotas”, sostuvo Cristiane Sanches, consejera jurídica de Abrint.
Las contribuciones ahora serán analizadas por el área técnica de la Anatel, que deberá consolidar las propuestas antes de un eventual envío al Consejo Director. Por el momento, no hay previsión para la divulgación de una decisión sobre la tercera guillotina regulatoria ni fecha definida para la deliberación del tema en una reunión del colegiado.