La SIC corrige a la CRC y asegura que no hay justificación para declarar dominante a Claro
El organismo advierte la omisión de la CRC de constatar la existencia de posición de dominio del operador y propuso revisar la metodología y los resultados de los modelos econométricos antes de emitir cualquier medida particular que pudiera ser innecesaria en el mercado de telecomunicaciones.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) consideró que no hay evidencia de dominancia de Comcel (Claro) en el mercado de servicios móviles y que no existen problemas de competencia.
Fue en el marco del análisis del proyecto de resolución que había enviado la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) en diciembre pasado para su revisión.
En febrero de 2017, la CRC había iniciado una Actuación Particular (AP) para constatar la existencia o no de posición de dominio de Claro, pero después de dos años y medio, no ha logrado sustentar los argumentos que defiendan esa postura.
Esta investigación fue solicitada por Tigo y Movistar, que le pidieron en 2016 al regulador que le pusiera nuevas medidas de posición de dominio a la filial de América Móvil (hay que recordar que el regulador ya le había impuesto a Claro años atrás medidas como cargos asimétricos).
En su informe, la SIC advierte la omisión de la CRC de constatar la existencia de posición de dominio de Claro y admite que no hay elementos para declarar dicha dominancia en el servicio móvil ya que no hay sustento en las afirmaciones de la CRC respecto de la existencia de barreras de entrada tecnológicas, legales o administrativas; no hay evidencia que la ventaja de Comcel en economías de escala y alcance es producto de mayores inversiones; no hay soporte de que esta circunstancia afecte la libre competencia; y no hay pruebas respecto a las afirmaciones de la CRC sobre acceso a recursos financieros y sobre la conducta de la firma.
“Para la Superintendencia no resulta suficiente el soporte probatorio a efectos de acreditar que Comcel cumple con todos y cada uno de los elementos que permitan su calificación como operador con posición de dominio en el mercado de servicios móviles, en los términos y condiciones establecidos por la misma CRC”.
Además, asegura que el regulador omitió analizar en sus modelos los cambios icónicos en materia regulatoria y sus efectos en el mercado durante el periodo en estudio.
Y cuestiona la relación que la medida propuesta tiene con la supuesta falla de mercado que intenta solucionar advirtiendo que no hay análisis del efecto que la medida producirá sobre el consumidor: “no hay soportes efectivos y suficientes que denoten razonablemente que los competidores se han visto forzados a no participar en el mercado relevante en determinadas zonas del país como efecto de la presencia de un operador con eventual posición de dominio…”.
Por eso, la SIC recomienda “evaluar el impacto de la redefinición de mercados propuesta sobre la estimación del total de usuarios del mercado de voz saliente móvil”.
También propone revisar el cumplimiento de los elementos previstos en la regulación para calificar a un operador con posición de dominio, la metodología y los resultados de los modelos econométricos antes de emitir cualquier medida particular que pudiera ser innecesaria, el impacto de la resolución 5107 sobre el Roaming Automático Nacional (RAN) en todo el territorio nacional, el cumplimiento de cada uno de los elementos requeridos para constatar si Claro cuenta o no con posición dominante, y la temporalidad de la medida propuesta.
Tras la declaración de la SIC, el Consejo del Estado sentenció a la CRC a revisar las recomendaciones de la SIC y si tras ello considera que existe mérito para continuar la actuación, debe enviar a la Superintendencia una nueva propuesta regulatoria.
Este hecho llega en un momento complejo en donde se está analizando en el Congreso el proyecto de Ley TIC que busca, entre otros beneficios para la industria, crear un regulador convergente, maximizar el uso del espectro con licencias por 20 años, y una reestructuración de la inversión por medio de contribuciones en un fondo único donde se unirían el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FonTIC) y el Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos (FonTV).
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