Implicaciones para telecomunicaciones de la ley chilena de permisología

El proyecto de Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, conocido en el lenguaje profano como “ley de permisología”, está en Chile a punto de ser promulgado y publicado. Se trata de una reforma multisectorial ambiciosa que busca aliviar la pesada carga de autorizaciones y trámites que enfrentan quienes desean invertir, construir o innovar en el país. 

Sin embargo, al examinar en detalle las implicaciones de la iniciativa para el sector de las telecomunicaciones, surge la pregunta: ¿qué tanto incide esta ley en su realidad regulatoria? ¿Hay motivos para celebrar o, más bien, todo permanece en el mismo punto? La respuesta es intermedia: hay avances muy valorables, pero no alcanzan para justificar “tirar la casa por la ventana”.

Declaración jurada de obras

Uno de los cambios más llamativos es la posibilidad de reemplazar, en ciertos casos, la tradicional recepción de obras que realiza la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) por una declaración jurada del interesado.

Un reglamento del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) definirá los casos en que este mecanismo aplicará. O sea, no se tratará de una liberalización sin control, sino de una excepción cuidadosamente delimitada. Además, se contempla eventualmente la exigencia de respaldo técnico mediante la firma de un ingeniero en telecomunicaciones. Presentada la declaración, las obras se entenderán recibidas a contar del día siguiente.

El cambio normativo carece de la radicalidad de la Revolución Francesa, no cabe duda. Porque no es una liberalización desbordada, sino dentro de ciertos márgenes. Por un lado, no reemplaza la recepción de obras como tal, que sigue vigente para la mayoría de los supuestos. Y, por otro lado, no se innova demasiado, toda vez que el régimen actual considera una autorización provisoria para poner en servicio las instalaciones cuando Subtel no se pronuncia en 30 días. 

Sin embargo, este ajuste normativo introduce un enfoque más ágil. En un contexto donde los tiempos administrativos pueden ser determinantes para el despliegue de redes, este tipo de medidas bien implementadas pueden facilitar la actividad del sector.

Refuerzos para Subtel

Otro punto relevante es que la ley faculta a la Subtel para contratar profesionales o entidades externas —inscritos en un registro ad hoc— que la asistan en la tramitación de autorizaciones. Estas tareas pueden incluir revisión, inspección, verificación o certificación del cumplimiento de requisitos técnicos. Se trata de una medida pragmática, donde por falta de recursos humanos internos se recurre a una razonable externalización de tareas. 

Se podrá criticar que esta facultad sea discrecional de la Subsecretaría y que su ejercicio dependa de la disponibilidad presupuestaria —cuestión en la cual la Subtel está lejos de nadar en la abundancia—. Sin embargo, la habilitación legal sienta las bases para que, en escenarios futuros, se alivie la carga operativa del regulador y se reduzcan los tiempos de respuesta en trámites clave. Es un paso significativo si se convierte en una política sostenida y bien dotada de recursos.

Habilitación más ágil para torres 

La ley faculta a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) para establecer casos en el cual el permiso de instalación de torres pueda ser reemplazado por un aviso ante la Dirección de Obras Municipales (DOM). Este detalle puede marcar la diferencia entre esperar 12 meses aproximadamente para instalar una infraestructura o, simplemente, notificar en un día a la DOM y levantar la torre al día siguiente.

Actualmente, la norma distingue entre zonas rurales (donde rige el aviso) y zonas urbanas (que requieren permiso). Entonces, la reforma abre la posibilidad de que algunas torres en áreas urbanas se acojan también al régimen simplificado.

Nuevamente, la alegría no es absoluta. Porque la eficacia de esta reforma depende de la voluntad política del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) para modificar la OGUC, incorporando ciertas hipótesis beneficiadas con el aviso. 

En un país donde las infraestructuras para antenas son resistidas por los vecinos, habrá de ser muy valiente el ministro que adopte una decisión de este tipo. Aun así, los instrumentos legales ya están sobre la mesa, lo que abre una oportunidad para modernizar procesos sin perder control institucional.

¿Y el silencio administrativo?

El silencio administrativo positivo implica que, si una autoridad no resuelve en el plazo legal una solicitud de autorización, esta se entiende concedida. Un sistema centralizado deberá emitir un certificado con los mismos efectos jurídicos que el acto omitido.

En telecomunicaciones, la ley de permisología conlleva un impacto acotado en materia de silencio administrativo, pues sólo los concesionarios de infraestructura pasiva (torres, ductos, fibra oscura) resultan beneficiados de dicho “avance civilizatorio”. 

Ellos celebran que, respecto del plazo de 15 días que tienen las DOM para resolver permisos de instalación, regirá ahora el silencio si no hay pronunciamiento, siendo el sistema centralizado el que expida el correspondiente certificado sustitutorio del permiso.

En cambio, los demás actores del ecosistema telco, como los concesionarios de servicios públicos de telefonía y de acceso a Internet, quedaron al margen de esta bendición administrativa; el otorgamiento o la modificación de concesiones ante la Subtel seguirá sujeta al régimen tradicional. Pero sí resultaron favorecidos con la regla de tiempo máximos que establece la ley para que la autoridad deba resolver una  solicitud de autorización.

Una reforma en marcha 

La ley avanza en la dirección correcta: menos burocracia, más certezas y mayor inteligencia regulatoria. Pero en el sector telco lo hace con mesura, ya que las cuatro reformas comentadas tienen importantes desafíos de implementación, además de ser poco vistosas. 

Así, algunos sostendrán que a la ley de permisología le faltó carácter y ambición para transformar estructuralmente el régimen de autorizaciones del sector telco. Pero lo cierto es que la gran reforma vendrá de la mano de un proyecto legal específico que la Subtel lleva un tiempo preparando. Esta iniciativa reestructurará el régimen autorizatorio vigente por uno más moderno, ágil y que rasque justamente donde pica —en los dolores de la industria de conectividad. 

En un país donde levantar una antena puede ser tan complejo como lanzar un satélite, cada paso hacia la simplificación normativa debe ser valorado. La ley de permisología sólo abrió el camino, por lo que será tarea de la reforma legal que prepara la Subtel la que nos catapulte a procesos más ágiles, inteligentes regulatoriamente y con menor carga administrativa duplicada. En consecuencia, el uso de la palabra lo tiene ah0ra el regulador. ¿Qué nos irá a decir al respecto?