IFT modifica parámetros de calidad en servicio móvil

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) modificó los lineamientos que fijan los índices y parámetros de calidad a los que deberán sujetarse los prestadores del servicio móvil en México.

Así lo dio a conocer en una publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en donde detalla que las modificaciones son a los lineamientos Cuarto, fracción XXXIX, y Quinto, fracción I.

El lineamiento Cuarto determina el “servicio de voz: servicio de telecomunicaciones que permite realizar una comunicación bidireccional de voz, a través de una red pública de telecomunicaciones, para que al menos dos usuarios finales conectados a puntos de acceso de la red puedan realizar una comunicación en tiempo real, incluyendo las llamadas a través de conmutación de paquetes utilizando señalización SIP/IMS (VoLTE)“.

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En tanto que el libramiento Quinto queda de la siguiente manera: “Proporción de intentos de llamada fallidos: estimación del grado de falta de accesibilidad al servicio, con base en la determinación del porcentaje de los intentos de llamada fallidos entre dos equipos terminales móviles específicos. Se considerarán fallidos los intentos de llamada que superen un tiempo máximo de establecimiento de llamada de 20 segundos”.

El órgano regulador mexicano señala también que la evaluación de los Parámetros de Calidad de los Servicios de Voz y de Mensajes Cortos se realizará dentro del área resultante de la unión de los mapas de cobertura garantizada del servicio de las tecnologías de acceso 2G, 3G y 4G.

Añade que en el caso del servicio de transferencia de datos, la evaluación de los Parámetros de Calidad se realizará para cada tecnología de acceso dentro del área geográfica reportada en los mapas de cobertura garantizada del servicio para las tecnologías 3G y 4G.

Dicha modificación entrará en vigor el día 17 de enero de 2023, es decir, un día después de que se publicaron las modificaciones en el DOF.

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