Fiscalización digital: entre la transparencia y la privacidadPase completo

El Heraldo de México Gonzalo Rojón

El Paquete Económico 2026, presentado hace unas semanas, ha encendido una alarma silenciosa en el ecosistema digital. Más allá de los números, una de sus propuestas plantea un cambio profundo en la relación entre los ciudadanos, las plataformas digitales y el Estado. Se trata del artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación, que permitiría al gobierno acceder en tiempo real a la información de los usuarios a través de los prestadores de servicios digitales. En otras palabras, el SAT y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) podrían consultar, sin previo aviso, los datos que generan plataformas de streaming, comercio electrónico o intermediación en línea.

El argumento oficial es conocido, fortalecer la fiscalización y evitar la evasión. Sin embargo, la redacción del artículo abre la puerta a un acceso desproporcionado, sin límites ni garantías claras sobre qué tipo de información podría ser consultada. Distintas asociaciones y organizaciones, como la ALAI, AMVO, CANIETI, IAB México, ICC México y R3D, entre otras, han advertido que una medida de este tipo podría vulnerar derechos fundamentales como la privacidad y la protección de datos personales.

Y es que, en los hechos, las autoridades podrían revisar las bases de datos privadas de las plataformas digitales sin control judicial previo. Esto no solo es innecesario, sino potencialmente inconstitucional. Las operaciones digitales ya se registran en el sistema financiero, por lo que agregar un acceso directo en tiempo real no fortalece la recaudación, pero sí incrementa los riesgos en materia de ciberseguridad.

Además, la propuesta incluye un mecanismo de sanción que permitiría bloquear o cerrar plataformas que se nieguen a otorgar dicho acceso. En la práctica, esto equivaldría a una forma de censura previa, prohibida por la Constitución y contraria a los compromisos internacionales de México, incluido el T-MEC. Ningún otro sector ni país democrático comparable somete a sus empresas a un nivel de escrutinio tan invasivo.

A esto se suma el artículo 113B, que pretende sancionar penalmente a las plataformas que “a sabiendas” permitan la publicación de anuncios relacionados con facturas falsas. Aunque el combate a la simulación fiscal es un objetivo legítimo, trasladar esa responsabilidad a intermediarios digitales, motores de búsqueda o redes sociales es desproporcionado y técnicamente inviable. Actualmente, ninguna plataforma puede validar en tiempo real la veracidad de millones de anuncios generados por terceros.

El resultado es preocupante: una combinación de medidas que amenazan la innovación, la inversión y la competitividad digital del país. México ha avanzado en consolidar su economía digital, pero normas de este tipo pueden revertir años de progreso y confianza.

Recaudar más no debe implicar vigilar más. La tecnología puede y debe ser una aliada de la transparencia fiscal, pero bajo principios de proporcionalidad y respeto a los derechos digitales. Lo contrario sería cruzar una línea peligrosa hacia un modelo de supervisión constante, donde cada clic y cada transacción podrían convertirse en materia de revisión gubernamental.