Exigir licencia para instalar puntos de recarga de vehículos eléctricos vulnera la ley: CNMC España

El regulador concluyó que, salvo casos específicos, es suficiente con exigir una declaración responsable.

La exigencia de una licencia para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en España vulnera la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, concluyó la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). La entidad apuntó que, salvo casos específicos, es suficiente con el pedido de una declaración responsable. A partir de esta investigación, instó a las administraciones que “adecúen sus actuaciones” a las leyes vigentes.

“Reclamar una licencia o autorización previa sólo se permite cuando las infraestructuras eléctricas se ubican en edificios de interés cultural o tienen una potencia superior a 3 mil kW”, señaló el regulador en un documento en el que, a pedido de la Secretaría para la Unidad del Mercado, analizó los posibles obstáculos que existen para este mercado en el país.

Entre las actuaciones recientes, la CNMC también recordó que las administraciones deben argumentar cualquier denegación de licencia. Esto luego de tomar conocimiento de que el Principado de Asturias ha denegado, mediante silencio administrativo, dos solicitudes de desplegar fibra en zonas de protección de una autovía y una carretera autonómicas.

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