España | El Gobierno aprueba un real decreto-ley para renovar el Consejo de Administración de RTVE

Prensa Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto-ley para renovar el Consejo de Administración de la Corporación RTVE y superar así la situación de interinidad de su composición actual. La norma persigue el triple objetivo de reforzar el pluralismo del ente público, asegurar su estabilidad y garantizar la profesionalidad de su consejo directivo.

“En los últimos cuatro años, RTVE ha tenido un administrador único y tres presidentes. Una inestabilidad en la gestión que no es deseable en ninguna empresa pública o privada. Además, en la actualidad, de los 10 puestos del Consejo de Administración, seis deberían haber sido ya renovados”, ha expuesto el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

López ha sido el encargado de explicar el contenido de este real decreto-ley que busca “superar la situación de bloqueo y parálisisen el órgano directivo de una compañía de la trascendencia de RTVE”. El ente público, ha subrayado, “presta un servicio esencial en la promoción del conocimiento y la difusión de los principios constitucionales y los valores cívicos. Supone un canal fundamental de comunicación para la ciudadanía, y, por eso, este Gobierno va a garantizar que cumpla sus funciones con normalidad”.

El real decreto-ley ha sido elaborado por los Ministerios de la Presidencia, Hacienda y para la Transformación Digital y de la Función Pública. El Gobierno iniciará de inmediato las negociaciones con los grupos parlamentarios de cara tanto a su convalidación como a la elección del nuevo Consejo de Administración.

Un Consejo de Administración más plural

Para reforzar el pluralismo en los órganos de gobierno de RTVE, el Consejo de Administración pasará a tener 15 miembros, todos ellos personas con suficiente cualificación y experiencia profesional. De los 15 miembros, 11 los elegirá el Congreso de los Diputados y cuatro el Senado por mayoría de dos tercios. La composición del Consejo respetará el principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres, tal y como establecen la ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la ley de paridad.

Para evitar situaciones anómalas como la que vive el ente en la actualidad, sin una presidencia nombrada por el Congreso de los Diputados y con varios consejeros con su mandato caducado, el real decreto-ley incorpora una fórmula de desbloqueo para la elección del Consejo por mayoría absoluta, cuando no se alcance la mayoría de dos tercios en cualquiera de las dos cámaras.

Con esta fórmula y con el Parlamento actual, Óscar López ha asegurado que “el próximo Consejo de Administración de RTVE será el más plural de la historia del ente público”.

Mayor estabilidad

El segundo objetivo de la reforma es asegurar la estabilidad en el gobierno de la corporación. Así, los consejeros serán elegidos para un mandato de seis años y podrán ser reelegidos una sola vez.

Las Cortes Generales aprobarán en Pleno mandatos-marco a la Corporación en los que se concretarán los objetivos generales de la función de servicio público que tiene encomendados. Estos mandatos-marco tendrán una vigencia de ocho años prorrogables. Los objetivos aprobados en el mandato-marco serán desarrollados cada cuatro años en los contratos-programa acordados por el Gobierno con la Corporación RTVE.

Dedicación exclusiva

El real decreto-ley garantiza la profesionalidad de los miembros del Consejo de Administración. Se establece de nuevo, como ya ocurrió en el pasado, que tengan dedicación exclusiva.

Además, quedarán sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración General del Estado y al establecido en la legislación mercantil para los administradores. En todo caso, su función será incompatible con el mandato parlamentario.

Con el fin de impulsar lo antes posible la elección de un nuevo Consejo de Administración de RTVE conforme a lo dispuesto en este real decreto-ley, se establece que las Presidencias del Congreso de los Diputados y el Senado tendrán que iniciar el procedimiento de elección de los 15 miembros del Consejo de Administración en el plazo de quince días naturales desde su entrada en vigor. Este proceso habrá de concluir en el plazo de quince días desde su inicio, de tal modo que el nuevo Consejo quede elegido en un periodo máximo de 30 días.

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