La Defensoría del Consumidor ha habilitado un Registro Único de Proveedores de Bienes y Servicios en Comercio Electrónico que ha generado confusiones entre las personas que se dedican a vender por internet, sobre todo en si deben o no cumplir con este requisito para operar.
Según explica Danilo Pérez, del Centro para la Defensa del Consumidor (no gubernamental), todo aquel que se dedique a vender productos a través de un medio electrónico de forma regular, a pesar de que no esté formalizado, debe inscribirse, como lo mandata la reforma que dio pie a este requisito, aprobada en octubre de 2024.