El Salvador condiciona compra de Claro – Movistar

Estrategía y Negocios,

“Si CLARO cumple con las condiciones, podrá ejecutar la compra, de lo contrario se entenderá por denegada. El cumplimiento de las condiciones impuesta por la SC es necesario para que la concentración se lleve a cabo y permitir que la competencia pueda ser mantenida efectivamente en el sector”, informó en un comunicado el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia (CDSC). América Móvil compró la operación de Telefónica Móviles El Salvador y de Telefónica Multiservicios (MOVISTAR) en enero de 2019. Por hoy, la empresa a Telefónica Centroamérica Inversiones..



La Superintendencia de Competencia subrayó que busca que “los niveles de rivalidad en el mercado no se vean reducidos con la salida de MOVISTAR (quien generaba presiones competitivas importantes en diversos servicios de telecomunicaciones)”.


Condiciones previas a la concentración

Para la autoridad de competencia, CLARO debe renunciar de manera pura, simple e irrevocable ante la SIGET al derecho de explotación de 25 MHz de espectro radioeléctrico con cobertura nacional en la banda de 850 MHz y de 30 MHz de espectro radioeléctrico con cobertura nacional en la banda de 1900 MHz, actualmente bajo titularidad de Telefónica Móviles El Salvador, S.A. de C.V.


Claro deberá presentar un “Proyecto de renuncia de espectro radioeléctrico” para evaluación y aprobación del CDSC y SIGET. Luego, deberá aceptar la obligación de no participar en el proceso de adjudicación de las bandas devueltas, deberá remitir al CDSC certificación de esta, extendida por la SIGET. Una vez presentada la certificación, se tendrá por cumplida la condición y podrá proceder la compra de Telefónica. Si la solicitante no cumple la condición, la operación propuesta se tendrá por denegada.

Nuevas obligaciones


a) Mantener durante siete años, desde la fecha de realización de la operación, todas las estrategias de comercialización desarrolladas por MOVISTAR y por CLARO. La autoridad de competencia dio la posibilidad de que Claro pueda mejorar los precios, características y condiciones a favor de sus usuarios. Les pidió: incorporar en sus plataformas web información completa de todas sus ofertas comerciales disponibles, incluyendo aquellas que habrá de mantener como consecuencia de esta condición.

b) Suspender en todos los contratos (pospago o corporativo) de usuarios de CLARO y MOVISTAR vigentes a la fecha de la realización de la operación cualquier tipo de cláusula que penalice la terminación anticipada de tales contratos, con el fin de que aquellos usuarios que deseen rescindirlos puedan hacerlo.

c) Publicar información suficiente acerca de la operación que se realiza, y particularmente, toda aquella información necesaria para que los clientes que deseen dar por terminados sus contratos puedan hacerlo.

d) Por un período de 7 años a partir de la fecha en que se ejecute la concentración, si llegase a ingresar un nuevo competidor, América Móvil (y sus sociedades) estará obligada a prestar servicios de roaming nacional al nuevo entrante por un periodo de tres años, prorrogables por tres años más. Esta condición es establecida por CDSC con el objetivo de reducir sustancialmente las barreras de entrada a un nuevo competidor.

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