Con el objetivo de ampliar la cobertura de los servicios de radiodifusión y promover el acceso a la programación educativa en las zonas más alejadas del país, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). A través del Decreto Supremo N° 019-2020-MTC, ha facilitado el trámite para las municipalidades y gobiernos regionales y establecido un régimen excepcional en lugares donde no funciona ninguna estación.
Además, se estableció un régimen excepcional y temporal para el otorgamiento de autorizaciones con fines educativos para los municipios y gobiernos regionales que presenten sus solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2020, en localidades donde no exista una estación.
Cabe registrar que para la prestación del servicio de radio y televisión se solicita una autorización otorgada por el MTC, con evaluación de todos los requisitos que establece la norma. Ese permiso se otorga por diez años y es renovable por un período similar. A la fecha existen 2128 frecuencias disponibles en FM, en 487 localidades que pueden ser otorgadas a solicitud de parte.
Pasos para solicitar una autorización con fines educativos:
1. Identificar la localidad y banda en la que se desea prestar el servicio a través del Registro Nacional de Frecuencias: https://rnf.mtc.gob.pe/
2. Verificar que haya disponibilidad de frecuencias en la banda y localidad elegida y no exista una estación autorizada.
3. La municipalidad podrá presentar su solicitud con finalidad educativa siendo aplicable el régimen temporal y excepcional.
4. Si se cumplen los requisitos y condiciones, la DGAT otorgará la autorización en un plazo no mayor de 30 días hábiles.
5. En el caso de que no sea aplicable el régimen especial y temporal, pero exista disponibilidad de frecuencia, se puede entrar al link: https://portal.mtc.gob.pe/servicios_tramite/plataforma/tupa.html. Ahí podrá revisar los requisitos y formularios de acuerdo con el tipo de procedimiento que le corresponda para obtener la autorización como radiodifusor.