Ecuador | Operadoras de pronósticos deportivos deben obtener licencia para funcionar y podrán dar crédito a los jugadores
El Gobierno modificó el reglamento para la aplicación del régimen del impuesto a la renta único a los operadores de pronósticos deportivos en Ecuador. El principal cambio es que ya no se exige a los operadores no residentes en el país tener el Registro Único de Contribuyentes (RUC) del Servicio de Rentas Internas (SRI).
Ahora, los operadores, residentes y no residentes, deben obtener una licencia emitida por el Ministerio del Deporte para poder operar en el país. Las reformas fueron expedidas por el presidente de la República, Daniel Noboa, en el Decreto Ejecutivo 487, del 19 de diciembre.