Ecuador | Conozca el nuevo régimen del impuesto a la renta único a los operadores de pronósticos deportivos que se cobrará desde este 1 de julio

El Universo

Desde este lunes, 1 de julio, se pagará en Ecuador el impuesto a la renta único a los operadores de pronósticos deportivos para sociedades y personas naturales relacionadas con esta actividad que operan mediante plataformas digitales en el país, y a plataformas que se publicitan en eventos deportivos sin representación en territorio ecuatoriano y con quienes existen transacciones en Ecuador. Sin embargo, dentro de los próximos seis meses, es decir, hasta el 1 de enero de 2025, no se iniciarán procesos sancionatorios sobre operadores no residentes en Ecuador.

Esto según las disposiciones transitorias estipuladas en el Decreto Ejecutivo 313, emitido el viernes 28 de junio de 2024, que reformó el reglamento para la aplicación del Régimen Tributario Interno y creó el Régimen del Impuesto a la Renta Único a los Operadores de Pronósticos Deportivos para cobrar este tributo creado en el Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, que fue la última reforma tributaria aplicada por el gobierno de Guillermo Lasso, pero que la primera ley urgente del actual régimen lo postergó por seis meses, hasta este 1 de julio.

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