Costa Rica | Sutel encuentra incumplimientos parciales de empresa en equipos de internet inalámbrica
CRHOY Erick Bolaños
La empresa Comunicaciones Metropolitanas Metrocom, especializada en la venta de servicios de Internet fijo, incumplió parcialmente una sentencia emitida por la Superintedencia de Telecomunicaciones (SUTEL) en donde se le condenó por utilizar equipo no homologado por el ente regulador de dichos servicios.
Esta condena surgió a partir de una denuncia realizada por un usuario llamado Ronald Porras, quien aseguró que la empresa le prometió un servicio de internet con 200 megas de velocidad para su hogar; sin embargo, el hombre manifestó que el equipo utilizado por Metrocom únicamente permite que los 200 megas lleguen a la habitación en donde está el dispositivo.
Sobre esto último, el afectado declaró que él pidió que realizaran una inspección en hogar para verificar si el servicio iba a funcionar; sin embargo, en su denuncia afirma que desde Metrocom le indicaron que esto no era necesario. Para este punto, Porras declaró que ante la situación de que el Internet no llegaba al resto de la casa, la empresa le ofreció colocar nuevos dispositivos adicionales (repetidores) para extender la señal, pero con un costo de ₡15.000 por cada uno (debía adquirir 4 dispositivos).
El afectado aseguró que a partir de este acontecimiento, tomó la decisión de denunciar el caso ante la SUTEL, quienes se encontraron con que los dispositivos utilizados por la empresa no estaban homologados por esta institución, lo cual es un requisito indispensable por ley para poder ofrecer servicios como estos.
Debido a esto, la SUTEL le ordenó a Metrocom, por medio de la resolución RDGC-00016-SUTEL-2021 emitida el 2 de febrero de 2022, sustituir todos los dispositivos utilizados en el hogar de Porras, por equipo que estuviera debidamente homologado por el ente regulador e instalar los repetidores que sean necesarios sin ningún costo para el cliente. Esta medida debía ser cumplida en un plazo de 5 días hábiles a partir de la notificación.
Además, como otros de los puntos más importantes, también se le ordenó a la empresa abstenerse de ofrecer servicios con equipo que no cumpliera con esta regulación y se le otorgó un plazo de 20 días hábiles para comenzar el debido procedimiento de homologación de sus dispositivos, lo cual se tenía que cumplir de igual manera a partir de recibida la notificación de esta sentencia. También se le ordenó someter sus contratos de adhesión a un proceso para homologarlos.
Asimismo, la sentencia también ordena a Metrocom incluir en su sitio web información clara y veraz sobre el uso y limitaciones de las frecuencias de 2.4 GHz y 5.8 GHz de la señal WIFI, con el fin de que los usuarios cuenten con la posibilidad de acceder a información suficiente de cara a una posible contratación. Esto se debía realizar a más tardar 5 días hábiles después de ser notificados.
Finalmente, se le otorgó un plazo de 20 días hábiles para presentar un reporte en donde demostrara haber cumplido con lo ordenado en esta sentencia.
Cabe mencionar que las sentencias de la SUTEL son vinculantes, lo cual significa que son de acatamiento obligatorio.
Según el documento que respalda dicha sentencia, del cual CRHoy.com tiene una copia, la empresa Metrocom presentó el 7 de febrero de 2022 un recurso de revocatoria en contra de la sentencia ya mencionada, el cual fue declarado sin lugar (rechazado) por medio de la resolución RDGC-00507-SUTEL-2022 emitida el 28 de marzo de 2022.
El mismo documento expone que Metrocom aportó un informe sobre el cumplimiento de lo ordenado el 22 de abril a través de correo electrónico; sin embargo, por este mismo medio, Porras declaró el 2 y el 11 de mayo ante la SUTEL que la empresa no cumplió con lo ordenado.
Al final del documento, este indica que “del informe remitido, se extrae que el operador no acreditó el cumplimiento de lo ordenado en Por Tantos 2.2, 3, 4, 5 y 6”. Es decir, la SUTEL concluye que Metrocom no cumplió con lo ordenado en la mayor parte de los puntos de la sentencia.
La SUTEL informó tras consulta de CRHoy.com que Metrocom cumplió de manera parcial lo dispuesto por la entidad reguladora en la resolución RDGC-00016-SUTEL-2021; a su vez que también confirmó que están analizando el expediente completo para determinar si existe una violación a las instrucciones adoptadas por la SUTEL en el ejercicio de sus competencias y si amerita la apertura de un procedimiento administrativo sancionatorio.
Según la sentencia, las únicas órdenes que sí se cumplieron (o al menos no se demostró un incumplimiento) fueron la de retirar el equipo provisto al usuario y sustituirlo por uno debidamente homologado por Sutel; además de presentar el debido reporte de cumplimiento. Según Porras, el primero de estos puntos tampoco se cumplió.
Metrocom desmiente a Sutel y a cliente:
El gerente general de Metrocom, José Mora, afirmó que Porras adquirió un servicio de internet fijo no inalámbrico, del cuál asegura que el cliente sí recibe el servicio de acceso a internet por 200 megas.
Asimismo, también afirmó que en algunos casos la empresa ofrece un dispositivo Wifi de cortesía, el cual afirman que no está incluido en el contrato pero que lo hacen con el fin de que sus clientes puedan utilizar internet también de forma inalámbrica.
A partir de este último punto, Metrocom asegura que la velocidad garantizada es únicamente por medio alámbrico y que, al utilizar un dispositivo Wifi, la señal por las condiciones propias de la tecnología va perdiendo potencia y velocidad conforme un usuario y su terminal se aleja del dispositivo. Mora explicó que desde la empresa le indicaron a Porras que “no existe tecnología Wifi que le garantice la velocidad de forma inalámbrica como él lo desea“.
La empresa indicó que los dispositivos alámbricos no requieren homologación debido a que no cuentan con funcionalidad Wifi, por lo cual afirman que no infringieron la ley en ese sentido. Sobre el equipo de internet inalámbrico, Mora afirmó que este sí está homologado por la SUTEL.
El ente regulador confirmó que los equipos para el servicio de Internet alámbrico no se deben homologar, sino que este procedimiento lo deben hacer únicamente los equipos que transmiten frecuencias de manera inalámbrica.
Sobre el tema de los dispositivos adicionales, la empresa asegura que le recomendó a Porras instalar repetidores Wifi y que se le ofreció la posibilidad de alquilarlos por ₡5 mil al mes (no ₡15.000, como manifestó Porras a este medio) en caso de no poder adquirirlos por sus propios medios.
Finalmente, la empresa declaró que su sitio web actualmente se encuentra en proceso de modificación y actualización para cumplir con lo dispuesto por la SUTEL y que este proceso actualmente se encuentra en apelación por parte de Metrocom.