El gobierno del cambio expide por primera vez un decreto para que miembros de una comunidad, con lazos de vecindad, presten y se beneficien con el servicio de Internet fijo comunitario, sin ánimo de lucro.
Dentro de las condiciones para la prestación del servicio de Internet, las comunidades de conectividad cuentan con un límite de 3 mil accesos y deben:
- Inscribirse en el Registro Único TIC, en la página web del MINTIC
- Beneficiar a la comunidad con el servicio, es decir a sus asociados, que son personas naturales o jurídicas de la misma comunidad quienes pagarán un aporte por el mismo.
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