La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia le ordenó a WhatsApp implementar medidas que cumplan con el estándar nacional en materia de Habeas Data y debido tratamiento de datos personales.
Incumplimientos de WhatsApp
La autoridad colombiana encargada de la protección de los datos personales emitió esta orden, cuyo cumplimiento es de carácter obligatorio, mediante su Resolución 29826, tras determinar que la Política de Tratamiento de la Información (PTI) de WhatsApp incumple el 57.89% de los requisitos que exige la regulación nacional.
Además, la SIC estableció que la aplicación de mensajería instantánea propiedad de Facebook tampoco cumple con el 75 por ciento de los requerimientos establecidos en el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012.
Infracciones a la privacidad de datos
La SIC detectó que WhatsApp recolecta y trata datos personales de al menos 39 millones de usuarios activos mensuales en Colombia.
La autoridad colombiana también determinó que utiliza cookies para recopilar datos personales en el territorio nacional, por lo que la ley 1581 es aplicable para la compañía estadounidense, ya que lo hace a través de una herramienta que se instala en computadoras y dispositivos móviles ubicados en el país.
Ordenamiento de la SIC a WhatsApp
A partir de lo anterior, la SIC ordenó a WhatsApp crear una política de Tratamiento de Información (PTI) que cumpla con la regulación colombiana, cumplir con el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012 e informar su contenido de manera clara a los usuarios y asentar su información en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD).
La autoridad colombiana también advirtió a WhatsApp que el incumplimiento de dichas órdenes acarrea investigaciones administrativas de sanción que pueden generar multas de hasta dos mil salarios mínimos e, incluso, la suspensión de las operaciones de la empresa en Colombia.