miércoles, marzo 29, 2023
HomeTRANSFORMACIÓN DIGITALCiberseguridadChile adecuará su normativa de ciberdelitos al Convenio de Budapest

Chile adecuará su normativa de ciberdelitos al Convenio de Budapest

La propuesta superó la instancia legislativa y está lista para convertirse en ley. El Ministerio Público finalmente podrá pedir información a operadores sobre sus abonados, pero previa autorización judicial

La Cámara de Diputados de Chile ratificó por unanimidad la propuesta de la Comisión Mixta y dejó a un paso de ser ley el proyecto que busca adecuar la normativa local sobre ciberdelitos al Convenio de Budapest. La propuesta, que en sus instancias previas recibió quejas por parte de asociaciones vinculadas al sector, terminó así su trámite legislativo y quedó lista para su promulgación como ley nacional.

El Convenio de Budapest busca homogeneizar la forma en que los países enfrentan hechos ilícitos en ambientes digitales. En Chile, la aprobación definitiva generaría también la modificación de otros cuerpos legales y la derogación de la ley 19,223, por la que en la actualidad se tipifican figuras penales relativas a la informática.

El documento menciona las penas a las que se exponen quienes cometan delitos de fraude, interceptación ilícita y acceso indebido a sistemas informáticos. También regula la interceptación telefónica, filmación, fotografías o imagenes cuando sea necesario para perseguir ciertos ciberdelitos, y da tiempos y formas en los que deben desarrollarse los procesos.

Relacionado: Brasil aprueba adhesión a la Convención sobre Delitos Cibernéticos

En la Comisión Mixta se eliminaron diferencias en cuestiones como el acceso ilícito. Según la versión final, se sancionará a quien burle barreras y acceda a un sistema informático con la pena de presidio menor en su grado mínimo –hasta 540 días– o multa de 11 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

En un punto largamente debatido, el Ministerio Público podrá requerir a un proveedor de servicios la información que tenga almacenada relativa al tráfico y el contenido de las comunicaciones de sus abonados previa autorización judicial. Estará habilitado, en tanto, a requerir sin autorización judicial que se le faciliten los datos de suscriptor que tengan las empresas sobre sus abonados y solicitar información referente a las direcciones IP utilizadas por estos.

Las compañías estarán “obligadas a cooperar” y “mantener el secreto” sobre este tipo de solicitudes en cualquier caso. Esto comenzará a regir seis meses después de publicado el reglamento respectivo por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, suscrito además por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Nicolás Larocca
Nicolás Larocca
Licenciado en Comunicación con más de 10 años de experiencia en la cobertura del mercado de las telecomunicaciones. Participó de eventos de relevancia internacional como el Mobile World Congress, Futurecom, ABTA Expo & Conference, el Congreso Latinoamericano de Satélites, Punta Show Summit y más de 100 congresos con temática TIC en Argentina. Analiza la realidad regional con foco en lo que ocurre en España, Argentina, Chile y Uruguay. Se especializa en la generación de estadísticas, informes, seguimiento de temas con mirada global, crítica y a partir de la revisión de antecedentes y entendimiento de temáticas sociales y políticas que atañen al desempeño de las TIC.

LEER DESPUÉS