Brasil avanza en ley ambiental que podría impactar obras de infraestructura de telecomunicaciones

El Proyecto de Ley 2159/2021, que propone nuevas reglas generales para el licenciamiento ambiental en Brasil, avanza en el Congreso Nacional en medio de una fuerte controversia, principalmente por flexibilizar las exigencias para diversos tipos de emprendimientos.

Aunque la mayor parte del debate público se centra en los impactos socioambientales de mayor escala, el texto también tiene un potencial impacto directo sobre la implementación de infraestructura de telecomunicaciones, especialmente redes de fibra óptica, cables submarinos, obras de cruce de ríos e instalación de torres y postes en zonas urbanas y rurales.

Según el texto, todas las obras o actividades que puedan generar un impacto sobre el medio ambiente deberán someterse a un proceso de licenciamiento ambiental, con una definición clara de tres tipos de licencias: previa, de instalación y de operación. En los casos de degradación ambiental significativa, será obligatoria la elaboración del Estudio Previo de Impacto Ambiental (EPIA) y del Informe de Impacto Ambiental (RIMA), con la realización de audiencias públicas.

La propuesta también crea la Tasa de Licenciamiento Ambiental Federal (TL), que deberá ser pagada por emprendimientos de gran, mediano o pequeño porte, con valores que oscilan entre R$ 2,000 y R$ 44,800 (aproximadamente entre US$ 360 y US$ 8,050), según el tamaño del proyecto y el impacto ambiental.

Las obras de infraestructura de cables, redes y antenas podrán clasificarse como de “bajo”, “medio” o “alto impacto ambiental”, dependiendo del alcance territorial y del potencial de intervención sobre el medio ambiente.

En la práctica, para el sector de telecomunicaciones, el proyecto de ley podría representar posibles trabas burocráticas y un aumento de costos en proyectos de expansión de redes, especialmente en áreas de protección ambiental, zonas urbanas sensibles o en obras interestatales, como los tendidos de fibra óptica de larga distancia.

También lee: Lightera invierte en Optical Cable y lanzan colaboración estratégica para Data Centers

El texto, ya aprobado en el Senado el 21 de mayo de 2025, flexibiliza las reglas de licenciamiento al reducir exigencias para pequeños y medianos emprendimientos mediante la licencia por adhesión y compromiso (LAC), basada en autodeclaración.

El proyecto de ley establece que el licenciamiento ambiental será conducido por el órgano local del SISNAMA (Sistema Nacional de Medio Ambiente) en los casos en que el impacto ambiental se limite al territorio del municipio, correspondiendo al órgano federal, como el IBAMA, actuar cuando el impacto involucre a más de un estado, tierras indígenas, unidades de conservación federales o la plataforma continental, como ocurre con los cables submarinos.

Además, el texto fija plazos máximos de hasta seis meses para la conclusión de los procesos de licenciamiento, según lo establecido en el artículo 5º.

Organizaciones como Transparencia Internacional y el Observatorio del Clima señalan que el texto debilita a órganos como el IBAMA, el ICMBio y al propio SISNAMA, aumentando el riesgo de corrupción, judicialización e impactos socioambientales sin control.

La propuesta sigue en tramitación en la Cámara de Diputados, con un debate intenso entre ambientalistas y sectores productivos, como la construcción civil, la energía y las telecomunicaciones.