Argentina | Declararon inconstitucional el artículo que obligaba a canales de TV y radios a difundir gratis la publicidad electoral
La jueza federal con competencia electoral en la Capital Federal, María Servini, declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos que obligaba a canales de televisión y emisoras de radio a difundir publicidad electoral gratuita de los partidos políticos.
A través de una resolución a la que accedió Infobae, Servini dispuso “declarar la inconstitucionalidad del artículo 43 quater de la ley 26.215″.
El artículo invalidado reglamenta parte de la Ley de Medios (26.215) y dispone: “Los servicios de comunicación y de televisión por suscripción están obligados a ceder en forma gratuita el cinco por ciento (5%) del tiempo total de programación para fines electorales”. Además, precisa que a partir del año 2020 la mitad de los espacios son cedidos a título gratuito y el otro 50% se consideran pago a cuenta de impuestos nacionales, cláusula que comenzaba a regir en las legislativas de este 2021.
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