Anatel actualiza las obligaciones para pequeños proveedores de telecomunicaciones en Brasil

La Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) de Brasil publicó este lunes la 5ª edición de la Guía de Obligaciones de las Prestadoras de Pequeño Porte (PPP). La principal novedad es la suspensión de la exención de permiso para los pequeños proveedores que ofrecen banda ancha fija, medida aprobada mediante el Acuerdo No. 176/2025 y formalizada en la Resolución Interna No. 449/2025. Con esto, todas las empresas que prestan el Servicio de Comunicación Multimedia (SCM) —incluidas aquellas que antes estaban exentas de autorización formal— tendrán hasta el 28 de octubre de 2025 para solicitar la autorización regular ante la Anatel.

En caso de no hacerlo, sus registros serán cancelados y podrán ser objeto de fiscalización o incluso de interrupción del suministro de infraestructura por parte de otras operadoras.

La decisión de la Anatel se basa en indicios de competencia desleal, evasión fiscal y ocupación irregular de postes, además del elevado número de prestadoras que dejaban de informar correctamente la cantidad de accesos.

“Más del 41 % de las empresas habilitadas para prestar el SCM no enviaron información sobre el número de accesos (suscriptores del servicio) a la Anatel en los últimos cinco años (de enero de 2020 a septiembre de 2024). Ese porcentaje supera el 55 % entre las empresas exentas de autorización, que omitían o subestimaban el número real de accesos con el fin de mantenerse indebidamente en calidad de exentas”, señala el documento.

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Además, la nueva guía enumera otras obligaciones exigidas a las PPP, como la trazabilidad de los equipos de red, el envío de datos económico-financieros y de infraestructura, y el cumplimiento de normas específicas del nuevo Reglamento General de Derechos del Consumidor (RGC), que entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025.

El RGC trae disposiciones específicas para los pequeños proveedores, con mayor flexibilidad para aquellas que tengan hasta 5 mil accesos o hasta 5 mil documentos de facturación mensuales, pero también amplía las exigencias en temas como la cancelación automática de servicios por atención telefónica, ofertas digitales con trazabilidad y atención en canales gratuitos por al menos ocho horas al día.

La guía también exime a las PPP del pago de contribuciones a fondos sectoriales (Fust, Funttel, Fistel y Condecine), pero les impone obligaciones en materia de ciberseguridad (según una resolución establecida en 2020), accesibilidad y envío periódico de datos sobre accesos e ingresos, obligaciones que antes estaban restringidas sólo a las operadoras de mayor porte.

La Anatel también advierte que la ausencia de una obligación en la guía no exime a las empresas de su cumplimiento. Por lo tanto, las prestadoras deben mantenerse atentas a los actos y resoluciones publicadas, bajo riesgo de sufrir sanciones administrativas, según lo previsto en el RASA (Reglamento de Aplicación de Sanciones).