El derecho telco chileno frente a sus vacíos, tensiones y retos pendientes
Apenas comenzado el 2026 se presentó oficialmente la obra “Derecho de las telecomunicaciones. Régimen jurídico y estructura del sector en Chile” (DER Ediciones, 624 págs.), escrita por los consultores regulatorios Alberto Jara y Juan Luis Núñez.
El libraco constituye una novedad relevante dentro de los regímenes jurídicos sectoriales. A diferencia de otros mercados regulados —electricidad, gas, agua potable y saneamiento, minería, etc.—, el campo de las telecomunicaciones ha sido por décadas el “pariente pobre” del derecho regulatorio chileno. Han escaseado las publicaciones, los seminarios, los congresos y, hasta ahora, un texto que aborde de forma ordenada y comprensible el derecho telco nacional.
Los autores Jara y Núñez persiguen tres objetivos nítidos con su libro: integralidad, sistematicidad y actualización.
Primero, ofrecer una visión integral de la regulación, para lo cual recolectan la profusa normativa dispersa en leyes, disposiciones constitucionales, reglamentos, planes y normas técnicas.
Segundo, buscan entregar una sistematización rigurosa de la disciplina, por lo que proveen al régimen jurídico de una estructura lógica y coherente, construida con método y rigor analítico.
Tercero, proveen una actualización del derecho telco, que incorpore las reformas legales y normativas más recientes, incluida la ley N° 21.678, de 2024, que reconoce el acceso a Internet como un servicio público de telecomunicaciones.

En este contexto, cabe señalar que el último esfuerzo en Chile de sistematización comparable al de Alberto Jara y Juan Luis Núñez, aunque concebido bajo una técnica y filosofía distintas, data de 2001, con una obra de José Ignacio Ovalle. Ello permite dimensionar tanto el vacío bibliográfico existente como la oportunidad que viene a cubrir el presente libro.
En la parte más canónica, el libro aborda los principales servicios de comunicación electrónica, como la telefonía, la mensajería, el acceso a Internet, la transmisión de datos, la radiodifusión sonora y la televisión.
También, la obra acomete el núcleo duro que define la identidad del derecho de las telecomunicaciones, tales como el espectro radioeléctrico, la numeración, la interconexión a redes públicas, las posiciones orbitales y los satélites.
También trata las redes de muy alta velocidad y baja latencia (5G y fibra óptica), la noción de imprescindibilidad del servicio, las servidumbres legales, los principios de continuidad, neutralidad y convergencia tecnológica, así como el estatuto jurídico de los usuarios y los mecanismos de protección de sus derechos, entre otras materias.
Con todo, el libro no se trata de un manual en sentido estricto —limitado a una exposición pedagógica básica— ni tampoco de un tratado jurídico clásico —orientado a agotar dogmáticamente cada institución. Es, ante todo, una obra sistemática de referencia.
En efecto, el libro ordena y estructura de manera coherente el derecho de las telecomunicaciones en Chile, integrando normativa, principios y práctica regulatoria, con el propósito de servir como marco estable de consulta y comprensión para los operadores jurídicos, sin aspirar a una exhaustividad dogmática.
Por lo anterior, esta obra sistemática de referencia no se limita a describir y desmenuzar el derecho vigente con total reverencia, sino que lo hace sin temerle a la polémica. Durante su elaboración surgieron una serie de hallazgos críticos, consistentes en vacíos normativos, tensiones regulatorias y retos pendientes, que los autores exponen sin misericordia.
Este descubrimiento obliga a preguntarse si el marco normativo e institucional actual sigue siendo adecuado o si, por el contrario, requiere una reforma profunda e incluso su completo reemplazo.
Vacíos regulatorios
Un vacío regulatorio se presenta cuando el orden jurídico carece de una regla, procedimiento o institución necesaria para regular adecuadamente una realidad jurídicamente relevante. El derecho telco chileno ofrece varios ejemplos.
El primero es la ausencia de un reglamento que regule la renovación de las concesiones al término de sus treinta años de vigencia. Este vacío ha llevado a que la autoridad pusiera en consulta, a fines de 2025, una propuesta que en los hechos desconoce el derecho a la renovación y somete al concesionario a un nuevo concurso, aunque beneficiado de un débil derecho preferente.
Un segundo vacío se observa en el ámbito satelital. Pese al creciente protagonismo de esta industria, el país carece de reglas claras para la solicitud de posiciones orbitales ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y para la autorización nacional de operación. Esta omisión será especialmente relevante a medida que se “democratice” el acceso al espacio exterior, con satélites de menor escala orientados a servicios como el direct-to-cell o direct-to-device (D2D).
Finalmente, el sistema adolece de la ausencia de un panel de expertos o institución altamente especializada, que resuelva las disputas de gran complejidad técnica en la industria. Tampoco poseemos una superintendencia o agencia sectorial encargada de fiscalizar y sancionar las infracciones de los administrados cualificados, que sea independiente de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel).
No deja de llamar la atención que el proyecto de ley que crea la Superintendencia de Telecomunicaciones lleva prácticamente 15 años sin ser despachado por el Congreso Nacional. Ahí está, en la comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado, como quien durmiera eternamente el sueño de los justos.
Tensiones regulatorias
Las tensiones regulatorias no derivan de la falta de normas, sino de su fricción o roce al momento de aplicarse. El derecho telco chileno también exhibe algunas tensiones.
Un primer caso se observa en la administración del espectro radioeléctrico. Aunque la Subtel es su administradora legítima y natural, algunas decisiones clave —como la determinación de los caps de espectro y el uso atribuible a las bandas de frecuencias— han sido adoptadas por terceros. Principalmente, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia o por la Corte Suprema, reflejando una escasa deferencia institucional hacia la autoridad técnica, que es la institución que más debiera saber en estas materias.
Otro ejemplo de tensión se encuentra en el ámbito televisivo. El Consejo Nacional de Televisión posee potestades sancionatorias por infracción al correcto funcionamiento de los servicios de TV, lo cual ejerce ante casos como la emisión de escenas de violencia explícita y lenguaje inapropiado en horario de protección de menores, así como en la cobertura sensacionalista de hechos policiales o judiciales con exposición innecesaria de víctimas.
Pero el Tribunal Constitucional (TC) ha sostenido, en una jurisprudencia oscilante, que la legislación sancionatoria del CNTV no cumple con estándares suficientes del debido proceso. En su criterio, faltarían la tipicidad (indeterminación del “correcto funcionamiento del servicio”), la graduación en las penas y las garantías procedimentales expresas. Por estos motivos, en varios casos el TC ha dejado sin efecto las multas impuestas por el CNTV.
Una tercera tensión surge a propósito de las comunidades de telecomunicaciones. Mientras el artículo 3° de la Ley General de Telecomunicaciones (LGT) dispone que las comunidades de telecomunicaciones o de Internet deberán constituirse conforme a un reglamento dictado por el Presidente de la República, en los términos previstos en su artículo 24B, este último precepto encomienda expresamente dicha regulación a una norma técnica que debe dictar el subsecretario de Telecomunicaciones. La falta de concordancia entre ambas disposiciones genera incertidumbre respecto del órgano competente para regular estas comunidades. En rigor, más que una tensión regulatoria, se trata de una contradicción normativa que exige ser corregida.
Retos regulatorios pendientes
Los retos pendientes o desafíos regulatorios no describen fallas actuales, sino exigencias de adaptación frente a cambios estructurales. En este plano, el derecho telco chileno enfrenta al menos tres desafíos relevantes.
El primero es avanzar, por fin, hacia un modelo de control ex post basado en riesgos, superando el esquema tradicional de autorizaciones ex ante (otorgamiento previo de concesiones, permisos y licencias). Este objetivo ya estaba presente en la Carta de Navegación de las Telecomunicaciones del año 2000 y podría materializarse mediante un registro único, basado en la notificación de actividades.
Sin embargo, aunque han pasado más de veinticinco años, la fe y la esperanza siguen intactas, como contemplamos en “La Odisea” la espera de Penélope por el regreso de Ulises: prolongada, paciente y siempre aplazada.
Un segundo reto pendiente de fondo consiste en revisar críticamente la noción clásica de “servicio público” aplicada a las telecomunicaciones. Se trata de una categoría central del derecho telco, pero hoy aquejada por un evidente vaciamiento conceptual. Su origen histórico se explica en un contexto en el cual el Estado de los años setenta, a través de empresas públicas y bajo esquemas monopólicos, prestaba directamente servicios esenciales de conectividad, sometidos íntegramente a un régimen de derecho público.
Sin embargo, el modelo vigente es sustancialmente distinto, ya que servicios como la telefonía o el acceso a Internet —que la ley continúa calificando formalmente como “servicios públicos”— son hoy provistos por empresas privadas, en entornos competitivos y mayoritariamente regidos por el derecho privado, con el Estado actuando como regulador y garante del interés general. De ahí que hoy sea oportuno hablar, con mayor propiedad, de “servicios de utilidad pública” o “servicios de interés general”.
Finalmente, el sistema tiene como reto ampliar su perímetro regulatorio para abordar fenómenos como los servicios OTT, la dimensión telecomunicativa de la industria de Data Centers y las redes de distribución de contenidos (CDN) que poseen infraestructura propia en las capas intermedias. No es casual que la Unión Europea haya optado por el concepto más amplio de “comunicaciones electrónicas” para capturar, precisamente, estas nuevas realidades de las tecnologías de la comunicación.
Sin embargo, la eventual regulación debe hacerse con prudencia y en aquello estrictamente necesario para el interés público, ya que una recarga excesiva de normativa puede ralentizar la innovación, las inversiones y el crecimiento del país.
Detrás del árbol que tapa el bosque
Este diagnóstico crítico no debe eclipsar los logros del sector. Chile exhibe indicadores sólidos en materia de conectividad, siendo el alumno bien portado y aplicado de la clase. Algunos datos lo comprueban, como 95% de la población que ya está conectada a Internet fijo o móvil, dando casi por superada la brecha digital de acceso.
También, el país tiene una de las bandas anchas fijas más rápidas del mundo según Ookla, precios competitivos en servicios móviles y una adopción masiva de tecnologías como 5G y la fibra óptica. Todo ello, además, bajo una política sectorial notablemente estable en el tiempo, desanclada de los ciclos políticos que tanto perturban a países hermanos de la región .
El debate regulatorio en escena
El lanzamiento del libro —nuestra obra sistemática de referencia— tuvo lugar el 7 de enero en la Pontificia Universidad Católica de Chile, con más de 150 asistentes y la participación de autoridades, reguladores, académicos y actores de las industrias telco y tecnológica.
El panel estuvo integrado por Claudio Araya, subsecretario de Telecomunicaciones; Lucas Sierra, profesor de la Universidad de Chile; Felipe Bravo, profesor de la Pontificia Universidad Católica de Chile; y fue moderado por Natalia López, gerente de Infraestructura Digital de Desarrollo País. La ceremonia fue conducida por el abogado Cristián Águila.

El Parlamento también se hizo presente. Su Excelencia el Presidente del Senado de la República, senador Manuel José Ossandón Irarrázabal, encabezó la actividad. Los diputados Diego Schalper, Leonardo Soto y Raúl Leiva participaron mediante mensajes grabados, destacando la contribución de la obra al debate legislativo en materias de conectividad digital.
En suma, la presentación del libro confirmó que los vacíos, tensiones y retos del derecho telco chileno interesan a gran parte de la industria. Ellos son un asunto central para la evolución futura de un sector en el que Chile continúa destacando a nivel regional y global. El derecho telco no siempre debe ser como una taza de leche, sino que a ratos es necesario sacudir el avispero para instalar nuevas discusiones y debates incómodos sobre la mesa.
