El gobierno de Colombia oficializó un aumento en la carga tributaria sobre las compras en línea, como parte del paquete de medidas fiscales adoptadas en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
La decisión quedó consignada en el Decreto Legislativo 1474 de 2025, expedido por el Ministerio de Hacienda, cuyo objetivo es reforzar el recaudo para financiar el Presupuesto General de la Nación durante el año 2026.
Uno de los cambios más relevantes para los consumidores digitales es la reducción del umbral de exención del IVA para importaciones de bajo valor, conocidas como minimis. A partir de 2026, sólo estarán excluidos del impuesto sobre las ventas los envíos de compras en línea cuyo valor no supere los 50 dólares, frente al límite anterior de 200 dólares, aplicable a compras realizadas mediante tráfico postal, envíos urgentes o servicios de entrega rápida, ampliamente utilizados por plataformas de comercio electrónico internacionales.
Según el gobierno, esta modificación responde al crecimiento acelerado del comercio minorista digital en los últimos años, que ha incrementado de forma sustancial el costo fiscal de mantener exenciones amplias.
Además, sostiene que la medida busca “corregir distorsiones tributarias, fortalecer el recaudo en el corto plazo y evitar que las compras en línea desde el exterior mantengan un trato preferencial frente al comercio formal establecido en el país”.
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Ante este cambio, la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico (CCCE) se pronunció y reconoció tanto los beneficios del comercio digital transfronterizo como la necesidad de ajustar el marco regulatorio.
María Fernanda Quiñones, presidenta ejecutiva de la CCCE, dijo que la Cámara reconoce “que el comercio digital transfronterizo ha traído importantes beneficios para los consumidores, pero también plantea desafíos regulatorios que deben ser abordados con urgencia”.
“El advenimiento de jugadores de comercio digital asiáticos, de plataformas que han venido haciendo un abuso de la figura de minimis, mecanismo diseñado originalmente para facilitar el comercio transfronterizo de bajo valor, está siendo utilizado por algunos actores para eludir obligaciones tributarias como el IVA, lo que crea un entorno de competencia desigual frente al comercio nacional o bien del comercio que ha decidido hacer inversiones en el país”, detalló Quiñones.
No obstante, aunque coincide con el gobierno en la necesidad de corregir los vacíos tributarios del comercio digital transfronterizo y frenar el uso abusivo del mecanismo minimis para evadir el pago de IVA, también advierte sobre la importancia de que estas medidas se implementen con criterios de equilibrio y claridad regulatoria, de manera que no terminen afectando la competencia leal ni el desarrollo del tejido empresarial colombiano.
De acuerdo con el Decreto, los recursos adicionales obtenidos con esta y otras medidas tributarias serán destinados exclusivamente a atender los gastos urgentes derivados de la emergencia económica en Colombia como salud, seguridad, atención a desastres naturales y obligaciones fiscales pendientes, y su aplicación tendrá carácter temporal, limitada al año gravable 2026.