Se publicó en el Diario Oficial de Chile el nuevo reglamento para la operación de las telecomunicaciones en caso de emergencias.
Los cambios se aplicaron a partir de la modernización por parte de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) del decreto 60, que ya había aplicado modificaciones sobre la forma de accionar luego del terremoto de 2010, pero con foco en servicios de voz.
El nuevo documento redunda en los siguientes cambios:
- Priorización de Infraestructura crítica: se establece prioridad total a infraestructura central, con resguardo a Centros de Datos y fibra. También se crea el nivel 3 de infraestructura crítica, exclusivo para redes de emergencias.
- Respaldo energético: se eleva de 4 a 6 horas la exigencia para autonomía de infraestructura crítica de nivel 2, asegurando que los servicios puedan funcionar durante ese plazo sin suministro eléctrico externo en zonas pobladas. En procesos regulares, las compañías eléctricas tienen hasta 6 horas para restablecer sus servicios.
- Gestión de red: en contextos de emergencia, se busca que las operadoras puedan gestionar la red, limitando el uso de datos para priorizar su uso responsable y acorde a las necesidades de una emergencia.
- Resiliencia y resguardo: se establece la obligatoriedad de diversificar la infraestructura de telecomunicaciones principal y de respaldo. También se exigirá que los servidores centrales de servicios de Internet se encuentren duplicados.
- Reporte de fallas: se establece una respuesta oportuna en un tiempo máximo de 30 minutos para fallas graves y 45 minutos para fallas medias. También se adecuan los niveles de criticidad.
- Ciberseguridad: se amplía el alcance del texto, antes sólo enfocado en riesgos físicos, de modo que los ciberataques se consideran como emergencias graves, que requieren una defensa activa.
- Llamadas de emergencia: se exige una precisión local de la llamada, es decir, esta debe entrar directo a la central de la localidad desde donde se realiza la llamada. Esto requiere una precisión técnica y geográfica en el enrutamiento de la llamada, ordenando que el cambio en los niveles de la emergencia tengan acceso en la zona norte, centro y sur.
“Las telecomunicaciones son esenciales para el funcionamiento del país, pero sobre todo, para mantener a salvo a las personas ante una emergencia, a través de las diferentes herramientas para alertar riesgos y medidas de evacuación. El objetivo de las modificaciones es darle un carácter esencial a la infraestructura de telecomunicaciones y reforzar las medidas de resguardo, considerando incluso la posibilidad de que esta sea vulnerada a través de ciberataques”, indicó el subsecretario de Telecomunicaciones, Claudio Araya.
El texto también incorpora la regulación a entidades del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred), como participantes del ciclo de emergencia que deben contar con redes declaradas como infraestructura crítica en determinados casos.
Para la implementación de las nuevas medidas se establecieron plazos graduales de adecuación al requerir (algunas de ellas) obras de ingeniería. Ante incumplimientos por parte de las empresas de telecomunicaciones se aplicarán multas y sanciones.